Este año, las ayudas a fotovoltaica del INEGA para concellos, empresas y autónomos se van a articular a través de "entidades colaboradoras"
Estas “Entidades colaboradoras” son empresas con actividad de instalación de baja tensión, que se tienen que dar de alta en un registro.
http://www.inega.gal/subvencions/subvencions/Energiasrenovables/2020/ficha_renovables2020_0006.html
Los instaladores interesados pueden ya inscribirse, ya que el plazo para empezar a presentar las ayudas empieza el 21 de septiembre.
Plazo adhesión Entidades Colaboradoras
Inicio solicitud: 13 de agosto de 2020.
Fin solicitud: 2 de septiembre de 2020 (incluído).
Link al documento de inscripción:
https://appsinega.xunta.es/entidadesfeder2020/web/acceso.php
Se establecen los siguientes criterios técnicos:
- Rendimiento mínimo del panel fotovoltaico del 17% para que el proyectos sea subvencionable.
- Potencia máxima de los paneles fotovoltaicos será de 100 kWp.
- La inversión elegible máxima por potencia unitaria estará limitada a 840 €/kWp sin IVA, que podrán incrementarse hasta los 1.100 €/kWp, en el caso de que se instale un sistema de baterías de litio con una capacidad de acumulación igual o superior a la potencia pico de la instalación.
El presupuesto disponible es:
Beneficiarios |
Anualidad 2020 |
Anualidad 2021 |
Empresas |
3.300.000 € |
875.000 € |
Administración Local |
100.000 € |
100.000 € |
Entidades sin ánimo de lucro |
100.000 € |
25.000 € |
Total |
3.500.000 € |
1.000.000 € |
Plazos
Plazo De Ejecución/ justificación
Desde la solicitud hasta el 30/06/21
Plazo de solicitud
Desde el 21/09/2020 a 01/12/2020.
En Concurrencia no Competitiva (Por orden de entrada)
Más Info
INEGA : 981 54 15 00.
DOG https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200812/AnuncioG0474-030820-0001_es.pdf