De esta manera, y para asegurar el cumplimiento de la legislación vigente, aquellas empresas instaladoras que certifiquen instalaciones que no ejecutaron, salvo casos excepcionales y debidamente justificados, pueden sufrir graves sanciones e incluso llegar a la suspensión de su actividad.
"Es importante destacar las graves sanciones que pueden sufrir las empresas instaladoras de baja tensión cuando certifiquen instalaciones no ejecutadas por ellas, ya sea de mutuo acuerdo con la empresa ejecutora o derivado de un conflicto con ella. Hay que recordar que dichas conductas se tipificarán, en general, con infracción grave y con la calificación de muy grave, cuando resulte un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente. Dichas infracciones podrán alcanzar una multa de más de 600.000 euros y la suspensión de la actividad o el cierre del establecimiento por un plazo máximo de cinco años."
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